jueves, 9 de octubre de 2014

INFORMACIÓN PARA CONFORMAR LOS REPOSOS MÉDICOS POR EL IVSS

Buenas noches el equipo del Sindicato SITE – FETRASINED, le informamos que hoy jueves 9 de octubre nos dirigimos a las instalaciones del IVSS. En la ciudad de Acarigua a buscar información veraz y precisa con relación al procedimiento para conformar los reposos médicos en esta institución,

Intentamos conversar con el director de esta Institución pero por compromisos inherentes a su responsabilidad no fue posible que nos atendiera, pero si nos atendieron unas funcionarias que trabajan en el departamento responsable de la conformación de los reposos médico, que por cierto fue muy amable y receptiva con nosotros.

1. La conformación de los reposos médicos, es de lunes a viernes en la mañana desde las 7:00 am.

2. Este es un trámite personal, si la trabajadora no puede hacerlo este trámite, debe solicitar a su médico tratante un informe donde especifique él porque no puede y a quien autoriza a realizar este trámite, el médico debe indicar nombre, apellido y cédula de la persona autorizada en el informe médico.

3. Los reposos que confirma el IVSS son de 4 días mínimos, hasta 21 días máximo.

4. La trabajadora o el autorizado cuenta con deis (6) días hábiles para conformar el reposo médico.

5. La trabajadora o el autorizado debe presentar: cédula de identidad laminada (del trabajador), reposo original (sin tachaduras o enmiendas), planilla de la cuenta individual, la cual puede obtener por Internet. http://www.ivss.gov.ve/

6. Los reposos médicos de cuatro (4) días hasta catorce (14) días puede ser emitido por un médico general.

7. Los reposos médicos a partir de quince (15) días debe ser emitido por un médico especialista.

8. Los reposos médicos de cuatro (4) días hasta catorce (14) días deben ser conformado por la taquilla N° uno (1).

9. Los reposos médicos a partir de quince (15) días que la trabajadora tenga historia médica en el IVSS debe ser conformados por la taquilla N° tres (3).

10. Los reposos médicos a partir de quince (15) días, si la trabajadora no tiene historia médica en el IVSS, debe ser conformados por la taquilla N° dos (2).

11. Si la trabajadora o el autorizado no logra conformar el reposo medico ese día, el funcionario le coloca un sello como trato de conformar el reposo y debe volver al día siguiente a conformar el reposo médico.

Nos comentaron las funcionarias que las personas amanecen en las puertas del IVSS para lograr realizar estos trámites y que a veces pasan varios días para logra conformar su reposo médico.

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