jueves, 7 de enero de 2016

Buenas noches el equipo del Sindicato SITE – FETRASINED, les informa a los docentes adscritos a la Dirección de Educación de la Gobernación del estado Portuguesa, que en el día de hoy jueves 7 de enero, estuvimos en la ciudad de Guanare y deseamos compartir la siguiente información.
1.- en relación a el pago de las becas y el pago de los suplentes que no cobraron en los últimos días de diciembre, a partir del lunes 18 de enero se debe reactivar estos pagos.
2.- la inspectoría del trabajo nos notificó que el ante proyecto que el SITE, SINEP, FVM, SPTD y SINADEP consignamos el pasado 29 de diciembre fue admitido.
3.- les informamos que ya no contamos con el Servicio Funerario por la Empresa Pompas Fúnebres, y que hasta que se realice la licitación en el transcurso de este mes, quienes requieran este servicio debe contactar a la Funeraria la Regional ubicada en la ciudad de Guanare.
4.- firmamos el Condicionado del SISSEP que regirá para este año, y que aplica a partir del 1 de enero, entre los aspectos que más se destacan tenemos la Cláusula 05 COINCIDENCIA DE FAMILIARES:
PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de que ambos cónyuges sean Beneficiarios Titulares del SISSEP, el monto establecido por Hospitalización y Cirugía será del 100% de la cobertura por cada uno de los beneficiarios Titulares, en caso de requerirlo; previa revisión médica/administrativa y aprobación del Director(a) del SISSEP.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En aquellos casos donde dos (2) o más Beneficiarios Titulares que estén unidos por el segundo grado de consanguinidad (hermanos) el beneficio de la Cobertura por Hospitalización y Cirugía a favor de los padres será de la siguiente manera: se incluirá como carga económica con el 100% de la cobertura de uno de los Beneficiarios Titulares, y en caso de requerirlo previa revisión médica/administrativa y aprobación del Director(a) del SISSEP, podrá contar con el 100% de la cobertura del o los otros Beneficiarios Titulares con un máximo de tres (3) titulares beneficiarios.
PARÁGRAFO TERCERO: En el caso de los hijos, e hijas de cónyuges que sean Beneficiarios Titulares, el monto establecido por Hospitalización y Cirugía será de la siguiente manera: se incluirá como carga económica con el 100% de la cobertura de ambos Padres Beneficiarios Titulares, y en caso de requerirlo previa revisión médica/administrativa y aprobación del Director(a) del SISSEP.
PARÁGRAFO CUARTO: En aquellos casos donde dos (2) o más Beneficiarios Titulares estén unidos por el primer grado de consanguinidad (Hijos-Padres) el beneficio de la Cobertura por Hospitalización y Cirugía a favor del Beneficiario Familiar (Padres) será del 100% de su cobertura y podrá contar con el 100% de la cobertura del o los otros Beneficiarios Titulares con un máximo de tres (3) titulares beneficiarios, previa aprobación de la revisión médica/administrativa del SISSEP.
PARÁGRAFO QUINTO: En caso de que ambos cónyuges sean Beneficiarios Titulares del SISSEP, el monto establecido por Maternidad (Parto Normal y/o Cesárea); Será cubierto el 100%
Cláusula 08. – ALCANCE DE LA COBERTURA PARA EL DISFRUTE DE LOS BENEFICIOS: La cobertura del presente servicio es por grupo de patologías cubiertas por el SISSEP correspondiente a un mismo Sistema y/o Aparato del Cuerpo Humano, por año y por la cantidad de: OCHENTA MIL Bs. (Bs. 80.000,00).
Parágrafo Primero: Se cubrirá con un monto que oscilará entre TREINTA MIL Bolívares Exactos (Bs. 30.000,00) Parto Normal y TREINTA MIL Bolívares Exactos (Bs. 30.000,00) por Cesárea para las Beneficiarias Titulares y Esposas/Unidas de los Titulares Beneficiarios.
Previo acuerdo de las partes, las Beneficiarias Titulares y/o Beneficiaria Familiar percibirán un incentivo por utilizar los centros públicos de salud, de QUINCE MIL Bolívares Exactos (Bs. 15.000,00) por parto o cesárea, y deberá notificar al SISSEP (Central de Emergencias y/o Coordinación Operativa) en un lapso no mayor de 8 días posterior al acto del nacimiento (Caso de Emergencia).
Órdenes para Servicio de Óptica. El monto anual por Beneficiario Titular y/o Beneficiario Familiar es de DIEZ MIL Bolívares Exactos (10.000,00Bs), en cristales y TRES Mil Bolívares exactos (Bs.3.000, 00) para cubrir el costo de la montura.
En relación a los montos de la cobertura estamos claros que no cubre las expectativas que tenemos los docentes estatales. Pero esperemos que en la Convención Nacional se logren montos mayores y que posteriormente sea homologado en la Convención estatal.
Para leer el contenido completo del condicionado del SISSEP hacer clip en este link. http://ivanbravoh.blogspot.com/
Telf. 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh





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