CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y
ESTATUTARIA
DEL MUNICIPIO TUREN DEL ESTADO PORTUGUESA.
El Sindicato de Trabajadores
de la Educación del estado Portuguesa (SITE) filian de FETRASINED, cumpliendo
con lo establecido en los estatutos, en la Ley Orgánica del Trabajo, CONVOCAMOS A LOS DOCENTES AFILIADOS: ESTATALES
Y NACIONALES, ACTIVOS Y JUBILADOS DEL MUNICIPIO: TUREN, A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA PARCIAL en la cual
se trataran los siguientes puntos:
PRIMERO: Presentación del Informe de Finanzas Periodo Fiscal 2017.
SEGUNDO: Actualización de la Nómina de Afiliados.
TERCERO: Propuesta de Modificación de los Estatutos, Articulo 8 (Aumento de la
Cuota Sindical) entre otros.
DÍA: VIERNES 16 DE MARZO DE 2018.
HORA: 8:00 AM
LUGAR: CASA
DE LA CULTURA.
CLAUSULA N° 33
DE LA III CONVENCIÓN COLECTIVA ESTATAL DE PORTUGUESA.
El Ejecutivo del
estado Portuguesa, GARANTIZA EN CONCEDER PERMISO SINDICAL REMUNERADO a los
trabajadores de la educación para que asistan a las reuniones estatutarias
nacionales, estadales, regionales, zonales, municipales y de centro de trabajo;
CONVOCADAS POR CUALQUIERA DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Signatarias del
presente Contrato Colectivo, PREVIA CONVOCATORIA CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN a
los afiliados de cada uno de los sindicatos.
CLÁUSULA N° 83.
DE LA PRIMERA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA DE LAS Y LOS TRABAJADORES
DEL M.P.P.E). SE CONCEDERÁ PERMISO A TODAS Y TODOS LOS TRABAJADORES, cada vez
que sean convocados por las Organizaciones Sindicales signatarias y sus
sindicatos afiliados, A ASAMBLEAS GENERALES DE CARÁCTER SINDICAL O LABORAL que
requieran su presencia. Las asambleas podrán ser nacionales, regionales,
municipales o parroquiales, según la conveniencia y situación geográfica,
CUMPLIENDO LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LOS ESTATUTOS INTERNOS de las
Organizaciones Sindicales signatarias. Todo ello dentro del marco del libre
ejercicio y lucha sindical enmarcado dentro de principios revolucionarios,
democráticos, participativos y protagónicos. Los trabajadores y las
trabajadoras tienen el derecho de asistir por el tiempo que dure la asamblea.
En todo caso la ausencia al lugar de trabajo por este motivo no se considerará
como abandono de cargo o inasistencia injustificada.
Artículo 15 de
los Estatutos PARÁGRAFO PRIMERO: Para las asambleas generales ordinarias o
extraordinarias parciales, se consideran válidamente constituida con la
asistencia de la mitad más uno de las afiliadas y afiliados, sin embargo, si en
la primera convocatoria no se obtiene el quórum reglamentario, podrá convocarse
a una segunda asamblea una (1) hora después, en el mismo lugar de la primera
convocatoria y se considerará válidamente constituida con la presencia no menor
de 20% de las afiliadas y afiliados según el Artículo N° 389 numeral (2) de la
L.O.T.T.T.
NOTA IMPORTANTE:
ESTA CONVOCATORIA PÚBLICA ES VÁLIDA PARA PRESENTARLA EN LA INSTITUCIÓN Y
ASISTIR A LA ASAMBLEA.
Por la Junta
Directiva
Licd Esp. Iván Joaquín Bravo Hernández
.
Presidente
Presidente
Telf.:
04265588020
@Ivanbravoh
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