martes, 8 de diciembre de 2015

ANÁLISIS DEL CALENDARIO ESCOLAR 2015 - 2016.

BUENAS POR FAVOR COLEGA DOCENTE NO LEAS ESTA INFORMACIÓN QUE NO ES DE INTERÉS PARA USTED.

ANÁLISIS DEL CALENDARIO ESCOLAR 2015 - 2016.

El equipo del sindicato SITE filial FETRASINED, en virtud que estamos en la discusión de lo que el Gobierno Nacional ha definido como la PRIMERA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. Nuestra Organización Sindical reitera la necesidad que para la elaboración del Calendario Escolar participe una representación de las Organizaciones Sindicales, con el fin de hace contraloría social, ya que al elaborar el Calendario Escolar se deben considerar lo establecido en las Leyes, y que se respeten los 60 días hábiles de vacaciones que por Ley nos corresponde a los docentes. Todo esto en virtud que en los últimos años el MPPPE ha venido quitando días de vacaciones violando flagrantemente el estamento jurídico como lo es:
LEY ORGANICA DE EDUCACION.
Régimen escolar

Artículo 49. Para el subsistema de educación básica EL AÑO ESCOLAR TENDRÁ DOSCIENTOS DÍAS HÁBILES. El mismo se divide a los fines educativos, de acuerdo con las características de cada uno de los niveles y modalidades del Sistema Educativo atendiendo a la diversidad, las especificidades étnico-culturales, las características regionales y a lo que establezca el Reglamento de la presente Ley. El subsistema de educación universitaria regulará esta materia en su legislación especial.

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS
Capítulo VIII
De los Días Hábiles para el Trabajo
Días hábiles y días feriados

Artículo 184. Todos los días del año son hábiles para el trabajo con excepción de los feriados. Son días feriados, a los efectos de esta Ley: A) Los domingos; B) El 1º de enero; lunes y martes de carnaval; el Jueves y el Viernes Santos; el 1º de mayo; el 24, 25 y 31 de diciembre; C) Los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales; d) Los que se hayan declarado o se declaren festivos por el Gobierno Nacional, por los estados o por las Municipalidades, hasta un límite total de tres por año.

LEY DE FIESTAS NACIONALES

Artículo 1º.- Son días de Fiesta Nacional el 19 de abril, el 24 de junio, el 5 de julio, el 24 de julio y el 12 de octubre de cada año.

REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESION DOCENTE.

Artículo 186. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes establecerán en el calendario escolar el lapso de vacaciones del personal docente. Las vacaciones del personal docente adscrito a los planteles educativos en función de enseñanza directa serán DE SESENTA DÍAS HÁBILES, distribuidos en el año escolar, y en consideración de las peculiaridades de vida y las condiciones de trabajo de las distintas regiones geográficas del país.

Es importante que los docentes tengamos claro que:

1.- Este año tiene 366 días.
2.- El artículo 49 de la LOE establece que el año escolar debe tener 200 días hábiles.
3.- El artículo 186 del REPD contempla que los docentes debemos gozar de (60) DE SESENTA DÍAS HÁBILES, distribuidos en el año escolar.
4.- un año tiene 52 semanas y por consiguiente tiene 52 sábados y 52 domingos para un total de 104 días.
5.- este año escolar tiene 13 días feriados.

200 DIAS HABILES.
60 DIAS DE VACACIONES HÁBILES.
104 SABADOS Y DOMINGOS.
13 DIAS FERIADOS.
377 TOTAL DIAS.

MESES
DIAS HABILES
DIAS FERIADOS
DIAS DE VACACIONE HABILES POR MES
SABADOS Y DOMINGOS
TOTAL DIAS DEL MES
OBSERVACIONES
1
SEPTIEMBRE
11
0
11
8
30
(16 DE SEPTIEMBRE)  INICIO DE ACTIVIDADES ESCOLARES
2
OCTUBRE
21
1
0
9
31
12 DE OCTUBRE DIA DE LA RESISTENCIA
3
NOVIEMBRE
21
0
0
9
30

4
DICIEMBRE
9
3
11
8
31
12  DE DICIEMBRE INICIO DE VACACIONES  NAVIDEÑAS (24,25 y 31) DE DICIEMBRE FERIADOS
5
ENERO
16
2
3
10
31
4 ,5 Y 6 DE ENERO VACACIONES  AÑO NUEVO                                                                     7 DE ENERO INICIO ACTIVIDADES ESCOLARES.                                                           
 1 Y 15 DE ENERO DIAS FERIADOS                    
6
FEBRERO
19
2
0
8
29
8 y 9 CARNAVAL
7
MARZO
18
2
3
8
31
21 AL 25 DE MARZO  ASUETO  SEMANA SANTA
8
ABRIL
20
1
0
9
30
19 DE ABRIL
9
MAYO
22
0
0
9
31

10
JUNIO
21
1
0
8
30
(24) BATALLA DE CARABOBO
11
JULIO
20
1
0
10
31
(5) FIRMA DEL ACTA DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA
12
AGOSTO
0
0
23
8
31
VACACIONES
TOTALES
198
13
51
104
366
FALTANDO UN TOTAL DE  9 DIASDE VACACIONES

 Al realizar una simple adición, se puede evidenciar que si aplicamos las consideraciones antes mencionadas la sumatoria da 377 y este año tiene 366 días, por lo que se sobrepasa por 11 días, y si revisamos el siguiente cuadro se puede ver claramente que el año escolar tendría 198 día, los docentes solo tendríamos 51 días hábiles de vacaciones (asueto) distribuidos en todo el año escolar, y por consiguiente nos están faltando 9 días hábiles de vacaciones. Debemos tener claro que los 13 días feriados no se pueden sumar como vacaciones.

En el año 2014, el llamado fue a iniciar clases lunes 15 de septiembre, este año está llamado para el lunes 14 de septiembre, esto indica que para el año 2016 el llamado será para el lunes 12 de septiembre y que en el año 2017 seria para el lunes 11 de septiembre y así sucesivamente.

Si los docentes trabajamos hasta el viernes 11 de diciembre de 2015, y nos incorporarnos el 7 de enero de 2016, todavía nos estarían faltando 9 días hábleles de vacaciones, de nosotros depende si permitimos que nos sigan vulnerado nuestros derechos colegas.

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