domingo, 22 de mayo de 2016

CARTA PÚBLICA DE LOS DOCENTES DE ESCUELA BOLIVARIANAS ADSCRITOS A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA. AL GOBERNADOR: REINALDO CASTAÑEDA.

CARTA PÚBLICA
DE LOS DOCENTES DE ESCUELA BOLIVARIANAS ADSCRITOS A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA.
AL
GOBERNADOR: REINALDO CASTAÑEDA.
 Los docentes adscritos a la Dirección de Educación de la Gobernación del estado Portuguesa y específicamente los que laboramos en las ESCUELAS BOLIVARIANAS, en los 14 Municipios, no dirigimos a usted a través de esta carta Pública, para "SUGERIRLE Y EXIGIRLE” nos sea otorgado de una vez por todas, EL PAGO COMPLETO DEL  (60%) DEL BONO BOLIVARIANO, este beneficio adquirido en la cláusula Nº 9 de la V Convención Colectiva de los Docentes del estado, donde el Gobierno Regional desde el año 2009,
CLAUSULA Nº. 9 BONO BOLIVARIANO, (Omissis)
“La Gobernación del Estado, conviene en pagar como complemento salarial al personal Docente Estadal que labora en las Escuelas Bolivarianas, como lo paga el Ministerio del Poder Popular para la Educación, equivalente a un sesenta (60%) del sueldo base devengado, según el Acta Compromiso de la red de Escuelas Bolivarianas, la cual conviene a laborar ocho (8) horas diarias bajo el calendario escolar vigente con incidencia en el bono vacacional, semanas adicionales, bonificación de fin de año y jubilación. En concordancia con lo establecido en el Artículo No. 69 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y lo dispuesto en el Artículo 132 de la Ley Orgánica de Educación expresan: EL DERECHO DEL SALARIO ES IRRENUNCIABLE; asimismo lo contemplado en el Artículo No. 90 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela expresa que: LA JORNADA DE TRABAJO DIURNAS NO EXCEDERÁ DE OCJHO (8) HORAS DIARIAS NI DE CUARENTA Y CUATRO (44) HORAS SEMANALES. De conformidad con lo establecido en el Artículo No. 35 de la Ley Orgánica del Trabajo expresa que: IGUAL TRABAJO IGUAL SALARIO y la resolución No. 1|79 del 15 de Septiembre de 1999, emanado del Ministerio del Poder Popular para la Educación.” Por lo que asumió el compromiso de pagar esta compensación salarial, conocida como (BONO BOLIVRIANO) es importante destacar que la Gobernación comenzó pagando un  42% del mencionado bono, ya que los docentes recibíamos una compensación de bsf 268, que lo pagaba el Ministerio de Educación y  para ese momento (año 2009) representaba UN 18%, es el caso que los sueldo se fueron incrementando y la Gobernación debí ir incrementando el porcentaje que pagaba, cosa que lamentablemente no hizo, el Ministerio continua pagando los 268 bs a algunos docentes y la Gobernación continua pagando un 42 %, en la actualidad los docentes que laboramos en las Escuelas Bolivariana nos podemos clasificar en dos tipos, los  primeros: los docentes que cobran los 268 bs que en la actualidad representan un promedio de (1,62%) del sueldo, y que están perdiendo (16,32%),  y los segundos, los que no cobramos los 268 bs que estamos perdiendo el (18%,) del sueldo además de los aguinaldos y vacaciones, los docentes de las Escuela Bolivariana ESPERAMOS QUE EN EL MARCO DE LA FIRMA DE LA VIII CONVENCIÓN COLECTIVA NOS COMIENCEN A PAGAR  LO QUE JUSTAMENTE NOS CORRESPONDE)  ante lo antes planteado a más de (7) años, no se tenga una respuesta satisfactoria a estas mujeres y hombres que, abandonando a su familia, para trabajar un horario de 8 horas diarias, por necesidades económicas, se nos esté vulnerando un derecho fundamental como es el salario de un trabajador, es importante destacar  DOCENTES NACIONALES  (si cobran el 60% de su sueldo, En este mismo orden de ideas, no le vamos a exigir el pago de deuda por este concepto (la cual es millonaria para cada docente) por el incumplimiento del compromiso, solo pretendemos, que se nos sea cancelado, a partir de marzo del presente año, el 18% restante  que por “Derecho” nos corresponde.
Por todo lo antes descrito, hacemos referencia al artículo  21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona, así como el 91 de la C.R.B.V., Capítulo V de los “Derechos Sociales y de las Familias”; (el cual establece: “Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo…”); nos preocupa enormemente que al BENEFICIO referido al BONO BOLIVARIANO o Compensación, no le hayan dado el ejecútese y tampoco la importancia (A NIVEL DE PATRONO) que éste representa para los docentes que laboramos en horario de 8am. hasta las 4pm., ya que la crisis económica por la cual estamos atravesando, ha absorbido nuestro sueldo, el 42% de bono bolivariano, el beneficio del Cesta Tickets, hasta el límite de estar devengando actualmente un sueldo por debajo del sueldo mínimo, sin importar si eres Profesor, Licenciado, Maestro o Doctor…
Reiteramos nuestra preocupación, y esperamos que la conciencia y la razón sean base para darle “ejecútese”  a dicho compromiso… ES EL CLAMOR DE LOS DOCENTES ESTADALES DE LAS ESCUELAS BOLIVARIANAS DE LOS 14 MUNICIPIOS.
Sin nada más a que hacer referencia y en espera de una respuesta satisfactoria, nos despedimos de usted en Acarigua, 22 de Mayo del 2016.
Atentamente

Docentes de Escuela Bolivarianas Adscritos a la Gobernación del estado

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