miércoles, 11 de mayo de 2016

SÉPTIMA REUNIÓN DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DE LA VIII CONVENCION COLECTIVA (XI CONTRATO COLECTIVO) DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN ADSCRITOS A LA GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA. 2016 – 2018.

SÉPTIMA REUNIÓN DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DE LA VIII CONVENCION COLECTIVA (XI CONTRATO COLECTIVO) DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA  EDUCACIÓN ADSCRITOS  A LA GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA. 2016 – 2018.

Buenas tardes el equipo del Sindicato de Trabajadores de la Educación del estado Portuguesa (SITE) filial de FETRASINED, le informa a los docentes estatales adscritos a la  Gobernación del estado Portuguesa, que hoy 11 de mayo de 2016, se efectúo la séptima reunión de la Mesa de Negociación de la  VIII CONVENCION COLECTIVA (XI CONTRATO COLECTIVO) DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA  EDUCACIÓN ADSCRITOS  A LA GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA. 2016 – 2018.
La reunión comenzó a las 9:30 am, se inició la Mesa de Negociación con la lectura del acta anterior, que después de realizar las observación fue  aprobada por los presente,

1.-CLÁUSULA Nº 10 RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y ACADÉMICOS A LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES SUPLENTES.
Esta cláusula fue diferida,

En esta cláusula la representación de los trabajadores solo planteamos que se haga justicia y quede establecido que los cargos por vacantes absoluta sean asignados a los docentes suplentes con mayor tiempo realizando suplencia.   

2.-CLÁUSULA Nº 13 TITULARIDAD PARA EL PERSONAL CONTRATADO.
Fue aprobada.

3.-CLÁUSULA Nº 20 BONO DE JUGUETE.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

4.-CLÁUSULA Nº 21 BECAS ESTUDIANTILES.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

5.-CLÁUSULA Nº 25 APORTE A LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN POR FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR.
Fue aprobada de la siguiente manera.
  5.000,00 bs para el 2016.
12.800,00 bs para el 2017.

6.-CLÁUSULA Nº 26 AYUDA ECONÓMICA PARA CÓNYUGES DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES FALLECIDOS.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

7.-CLÁUSULA Nº 28  CONTRIBUCIÓN POR MATRIMONIO.
Esta cláusula  fue diferida ya que la representación de la entidad de trabajo, propone no incluir a las docentes jubilados en este beneficio.

8.- CLÁUSULA Nº 30 CONTRIBUCIÓN POR INICIO DEL AÑO.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

9.-CLÁUSULA Nº 31 COMPENSACIÓN ÚNICA.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

10.-CLÁUSULA Nº 34 HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y MATERNIDAD.
Fue aprobada de la siguiente manera.
100.000,00 bs con extensión de 60.000,00 bs para el 2016.
150.000,00 bs con extensión de 100.000,00 bs para el 2017.

9.-CLÁUSULA Nº 35 SERVICIOS FUNERARIOS. Esta diferida por no llegar a acuerdo en relación al monto del reembolso y lo relacionada a los traslados a nivel nacional.

10.-CLÁUSULA Nº 36 INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES PERSONALES Y FALLECIMIENTO DE LA O EL TRABAJADOR.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

11.-CLÁUSULA Nº 30 CONTRIBUCIÓN POR INICIO DEL AÑO.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

13.-CLÁUSULA Nº 31 COMPENSACIÓN ÚNICA.
Se difiere por no presentar propuesta la representación de la entidad de trabajo.

14.-CLÁUSULA Nº 37 DEL DERECHO A LA JUBILACIÓN.
La propuesta presenta en esta cláusula no es aceptada por la representación de la entidad de trabajo, por lo que queda vigente lo contemplado en las convenciones anteriores.

15.-CLÁUSULA Nº 38 RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIOS PRESTADOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EFECTO DE JUBILACIÓN.
Fue aprobada.

16.-CLÁUSULA Nº 39 PENSIÓN POR INCAPACIDAD.
La propuesta presenta en esta cláusula no es aceptada por la representación de la entidad de trabajo, por lo que queda vigente lo contemplado en las convenciones anteriores.

17.-CLÁUSULA Nº 40 PENSIÓN POR SOBREVIVIENTE.
La propuesta presenta en esta cláusula no es aceptada por la representación de la entidad de trabajo, por lo que queda vigente lo contemplado en las convenciones anteriores.

18.- se aprobó la CLÁUSULA Nº 41 DEL REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE LAS COTIZACIONES AL IVSS.
Fue aprobada.

En resumen hoy se discutieron 18 cláusulas, de las cuales  cinco (5) cláusula fueron aprobadas, nueves (9) cláusulas  fueron diferidas y las mismas serán retomadas en una reunión especial con el ciudadano Gobernador Reinaldo Castañeda.

Faltan por discutir veintisiete (27) cláusulas, la cuales esperamos que en la reunión del próximo viernes 13 de mayo, sean discutida y culminemos las discusión de la VIII Convención Colectiva.   
Telf. 04265588020

@ivanbravoh

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