OCTAVA REUNIÓN
DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DE LA VIII CONVENCION COLECTIVA (XI CONTRATO COLECTIVO)
DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN ADSCRITOS A LA
GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA. 2016 – 2018.
Buenas tardes
el equipo del Sindicato de Trabajadores de la Educación del estado Portuguesa
(SITE) filial de FETRASINED, le informa a los docentes estatales adscritos a
la Gobernación del estado Portuguesa,
que hoy 13 de mayo de 2016, se efectúo la octava reunión de la Mesa de
Negociación de la VIII CONVENCION
COLECTIVA (XI CONTRATO COLECTIVO) DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN ADSCRITOS A LA GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA. 2016
– 2018.
La reunión
comenzó a las 9:20 am, y en esta jornada de trabajo se aprobaron trece (13) cláusulas las cuales
indicamos a continuación:
1.-CLÁUSULA
Nº 42 DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, INTERESES Y DEL FIDEICOMISO.
Fue aprobada.
2.-CLÁUSULA
Nº 44 DEL EJERCICIO DOCENTE SIN EL TÍTULO PROFESIONAL DE PROFESOR O LICENCIADO
EN EDUCACIÓN.
Fue aprobada.
3.-
CLÁUSULA Nº 47 ESTUDIANTES POR AULA.
Fue aprobada.
4.-CLÁUSULA Nº 52 PERMISO POR REENTRENAMIENTO,
ADIESTRAMIENTO O INSTRUCCIÓN MILITAR.
Fue aprobada.
5.-CLÁUSULA Nº 53 PERMISO REMUNERADO PARA EL
DESARROLLO Y REPRESENTACIÓN EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS, ARTÍSTICAS, CULTURALES,
CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS.
Fue aprobada.
6.-CLÁUSULA Nº 54 PERMISO POR CONVALECENCIA DE
UN FAMILIAR.
Fue aprobada.
7.-CLÁUSULA Nº 55 PERMISOS REMUNERADOS POR
COMPARECENCIA ANTE AUTORIDADES.
Fue aprobada.
8.-CLÁUSULA
Nº 59 CARTELERA SINDICAL.
Fue aprobada.
9.-CLÁUSULA
Nº 60 INGRESO A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Y OTROS CENTROS DE TRABAJO.
Fue aprobada.
10.-CLÁUSULA
Nº 61 DIRECCIÓN SECTORIAL DE ASUNTOS
GREMIALES Y SINDICALES.
Fue aprobada.
11.-CLÁUSULA Nº 62 DEL PATRIMONIO LEGAL
Y SINDICAL DE LOS TRABAJADORES.
Fue aprobada.
12.-CLÁUSULA Nº 64 VIGENCIA Y DURACION
DE LA CONVENCION COLECTIVA.
Fue aprobada.
13.-CLÀUSULA
Nº 68 IMPRESIÓN DE LA PRESENTE CONVENCIÓN.
Fue aprobada.
Así mismo
ocho (8) cláusulas fueron suprimidas del proyecto por ser de permanencia de
beneficio, o por redacción similar a otra ya aprobada o de le ley, las cuáles
indicamos a continuación:
1.-CLÁUSULA
Nº 45 CONDICIONES DE TRABAJO, ASIGNACIÓN
DE FUNCIONES O MISIONES, ASÍ COMO LOS PERMISOS, LICENCIAS, TRASLADOS Y
PERFECCIONAMIENTO, SE TENDRÁN COMO
PROCESO SOCIAL DE TRABAJO, OFICIAL Y POR ESCRITO.
Suprimida.
2.-CLÁUSULA
Nº 46 TITULARIDAD Y CLASIFICACIÓN PARA EL PERSONAL INTERINO.
Suprimida
3.-CLÁUSULA
Nº 56 PERMISO PARA EJERCER CARGOS DE
LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN O DE ELECCIÓN POPULAR.
Suprimida
4.-CLÁUSULA
Nº 58 PERMISO PARA ASISTENCIA A ASAMBLEAS DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.
Suprimida
5.-CLAUSULA
Nº 63 PERMANENCIA DE BENEFICIOS.
Suprimida
6.-CLÁUSULA
Nº 65 ACTIVIDADES SINDICALES.
Suprimida
7.-CLÁUSULA
Nº 66 CONSEJO DE DIALOGO LABORAL Y ACADÉMICO.
Suprimida
8.-CLAUSULA
Nº 67 DEL PATRIMONIO ECONÓMICO Y SALARIO INTEGRAL DE LOS EDUCADORES Y LAS
EDUCADORAS.
Suprimida
Acordamos reunirnos
el próximo lunes 16 para culminar las cinco (5) cláusula que faltan y terminar
la revisión de estilo y redacción la cuales indicamos a continuación:
1.- CLÁUSULA
Nº 1. PREAMBULO.
2.-CLÁUSULA
Nº 48 PERMISO POR NACIMIENTO.
3.-CLÁUSULA Nº 49 PERMISO POR FALLECIMIENTO DE
UN FAMILIAR.
4.-CLÁUSULA Nº 50 PERMISO POR MATRIMONIO.
5.-CLÁUSULA Nº
51 PERMISO POR ESTUDIO.
Hoy le
solicitamos a la representación de la entidad de trabajo que fije la fecha, lugar
y hora para reunirnos con el Gobernador y discutir las diez (10) cláusulas que están
diferidas y que esperamos finiquitar en esta reunión para que firmemos la VIII Convección
Colectiva. A continuación indicamos las diferidas:
1.-CLÁUSULA Nº 10 RECONOCIMIENTO DE LOS
DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y ACADÉMICOS A LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES
SUPLENTES.
2.-CLÁUSULA
Nº 13 TITULARIDAD PARA EL PERSONAL CONTRATADO.
3.-CLÁUSULA
Nº 20 BONO DE JUGUETE.
4.-CLÁUSULA
Nº 21 BECAS ESTUDIANTILES.
5.-CLÁUSULA Nº 25 APORTE A LAS TRABAJADORAS Y
LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN POR FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR.
6.-CLÁUSULA
Nº 26 AYUDA ECONÓMICA PARA CÓNYUGES DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES FALLECIDOS.
7.-CLÁUSULA
Nº 28 CONTRIBUCIÓN POR MATRIMONIO.
8.-CLÁUSULA Nº 34
HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y MATERNIDAD.
9.-CLÁUSULA Nº 35
SERVICIOS FUNERARIOS.
10.-CLÁUSULA
Nº 57 OTROS PERMISOS REMUNERADOS.
Ya
se liberó la quincena en el Banco Venezuela, y lamentablemente para los
docentes por primera vez en casi ocho años los docentes estatales cobramos un
sueldo por debajo del sueldo minimo,
En
relación al pago de las prestaciones de los jubilados del 2014, se
comprometieron al terminar los detalles
del procedimiento y requisitos nos suministraran
toda la información para que le informemos a los docentes.
Telf.
04265588020
@ivanbravoh
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