EL SINDICATO SITE RATIFICA EL PLANTEAMIENTO RELACIONADO CON EL
PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD PARA LOS DOCENTES ESTATALES DE PORTUGUESA.
Buenas, el equipo del Sindicato SITE filial de FETRASINED en el
estado Portuguesa, hoy lunes 30 de julio de 2018, estuvimos en la ciudad de
Guanare realizando varias gestiones.
EN PRIMER LUGAR: sostuvimos una reunión con la ciudadana Laura Gómez
Directora de Recursos Humados de la Gobernación a quien le ratificamos
1.- Los docentes adscritos a la
Gobernación del estado Portuguesa debemos cobrar el mismo monto en nuestro
sueldo, al que cobran los docentes naciones de acuerdo al grado y/o categoría
del docentes.
El caso es que en la actualidad se
está presentando UNA DIFERENCIA EN EL SUELDO de los
docentes estatales con relación
a los nacionales, en el caso de UN DOCENTE DEL GRADO Y/O CATEGORÍA VI, LA
DIFERENCIA es de Bsf: 269.590,25, equivalente a BsS: 2,70.
2.- Lo relacionado con el pago de LA
PRIMA DE ANTIGÜEDAD contemplada en el II Convención Colectiva Única y Unitaria, en la cláusula N° 65, quienes
legislaron, esperaba expresar el mismo espíritu, principio y propósito, a lo
contemplado en la cláusula N° 66 de la I Convención Colectiva Única y Unitaria la cual citamos a continuación.
Nuestra organización sindical consigno
un recibo de pago de cada uno del grado y/o la categoría de los docentes de dedicación
a 40 y 53,33 horas semanales.
En relación a la diferencia del sueldo
la representante de la entidad de trabajo, no informo que revisara el
planteamiento y en relación a la prima de antigüedad nos ratificó que está a la
espera de un pronunciamiento de la Procuraduría General del estado ya que en el
contenido de la cláusula hay una duda razonable.
Nosotros le hicimos saber que LA PRIMA
DE ANTIGÜEDAD contemplada en el II Convención Colectiva Única y Unitaria, en la cláusula N° 65, quienes
legislaron, esperaba expresar el mismo espíritu, principio y propósito, a lo
contemplado en la cláusula N° 66 de la I Convención Colectiva Única y Unitaria la cual citamos a continuación.
a)
Uno por ciento (1%) del
salario básico establecido en la escala o tabulador por cada año de servicio
entre el primer año y el quinto año de servicio.
b) Uno coma dos por ciento
(1,2%) del salario básico establecido en la escala o tabulador por cada año de
servicio entre el sexto año y el décimo año de servicio.
c) Uno coma cuatro por
ciento (1,4%) del salario básico establecido en la escala o tabulador por cada
año de servicio entre el onceavo año y el quinceavo año de servicio.
d) Uno coma seis por
ciento (1,6%) del salario básico establecido en la escala o tabulador por cada
año de servicio entre el dieciseisavo año y el veinteavo año de servicio.
e) Uno coma ocho por
ciento (1,8%) del salario básico establecido en la escala o tabulador por cada año
de servicio a partir de los veinte años de servicio hasta acumular un máximo de
treinta por ciento (30%).
f)
Se
aplicará de acuerdo a la siguiente tabla.
1=1,00%
2=2,00%
3=3,00%
4=4,00%
5=5,00%
6=6,20%
7=7,40%
8=8,60%
9=9,80%
10=11,00%
11=12,40%
12=13,80%
13=15,20%
14=16,60%
15=18,00%
16=19,60%
17=21,20%
18=22,80%
19=24,40%
20=26,00%
21=27,80%
22=29,60%
23 años en adelante 30,00%.
Seguro
estamos que el Ciudadano Procuraduría General del estado se pronunciara a favor
de los trabajadores y ratificara nuestro planteamiento.
3.-
En relación a los docentes que aún no se les ha hecho el Bono Vacacional y
Recreacional, nos ratificaron, que es un problema de la plataforma de algunos
Bancos en Específico, y como prueba es que desde el pasado miércoles 18 de julio
a los que cobrar en el Banco Venezuela se le comenzó hacer efectivo:
1.-
el mes completo de julio.
2.-
el Bono Vacacional, Recreacional.
3.-
el retroactivo del 200% del mes de junio.
Así
que no es necesario que los docentes tengan que ir a Guanare, y lamentablemente
no les queda de otra que esperar que lo antes posible se liberen los pagos.
Telf. 04265588020
@Ivanbravoh