domingo, 12 de noviembre de 2017

EL MPPPE ELIMINA 10 DÍAS DE VACACIONES A LOS DOCENTES EN EL CALENDARIO ESCOLAR 2017 - 2018

EL MPPPE ELIMINA 10 DÍAS DE VACACIONES A LOS DOCENTES EN EL CALENDARIO ESCOLAR 2017 - 2018.

El equipo del sindicato SITE filial FETRASINED, coloca a su disposición el análisis del Calendario del Año escolar 2017-2018, el cual está publicado en el portal del MPPPE, le suministramos la siguiente información la cual permite tener una visión integral de los elementos a considerar para la elaboración del Calendario Escolar.

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN.

Régimen escolar.

Artículo 49. Para el subsistema de educación básica EL AÑO ESCOLAR TENDRÁ DOSCIENTOS DÍAS HÁBILES. El mismo se divide a los fines educativos, de acuerdo con las características de cada uno de los niveles y modalidades del Sistema Educativo atendiendo a la diversidad, las especificidades étnico-culturales, las características regionales y a lo que establezca el Reglamento de la presente Ley. El subsistema de educación universitaria regulará esta materia en su legislación especial.

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS.

Capítulo VIII.

De los Días Hábiles para el Trabajo.

Días hábiles y días feriados.

Artículo 184. Todos los días del año son hábiles para el trabajo con excepción de los feriados.

Son días feriados, a los efectos de esta Ley:

A) Los domingos.

B) El 1º de enero; lunes y martes de carnaval; el Jueves y el Viernes Santos; el 1º de mayo; el 24, 25 y 31 de diciembre.

C) Los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales.

D) Los que se hayan declarado o se declaren festivos por el Gobierno Nacional, por los estados o por las Municipalidades, hasta un límite total de tres por año.

LEY DE FIESTAS NACIONALES.

Artículo 1º.- Son días de Fiesta Nacional el 19 de abril, el 24 de junio, el 5 de julio, el 24 de julio y el 12 de octubre de cada año. 

REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE.

Artículo 186. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes establecerán en el calendario escolar el lapso de vacaciones del personal docente. Las vacaciones del personal docente adscrito a los planteles educativos en función de enseñanza directa serán DE SESENTA DÍAS HÁBILES, distribuidos en el año escolar, y en consideración de las peculiaridades de vida y las condiciones de trabajo de las distintas regiones geográficas del país.

Es importante que los docentes tengamos claro que:

1.-Este año tiene 365 días.

2.-El artículo 49 de la LOE establece que el año escolar debe tener 200 días hábiles.

3.-El año tiene 52 semanas por consiguiente tiene 52 sábados y 52 domingos para un total de 104 días

4.-El artículo 186 del REPD contempla que los docentes debemos gozar de (60) DE SESENTA DÍAS HÁBILES, distribuidos en el año escolar.

5.- este año escolar tiene 12 días feriados.


200 = DÍAS HÁBILES.

104 = SÁBADOS Y DOMINGOS.

60 = DÍAS DE VACACIONES HÁBILES.

12 = DÍAS FERIADOS.

376 = TOTAL DÍAS.

Al realizar una simple adición, se puede evidenciar que si aplicamos las consideraciones antes mencionadas la sumatoria da 376 días, y un año tiene 365 días, por lo que se excede por 11 días, y si revisamos el siguiente cuadro se puede ver claramente que el año escolar tendría 199 día hábiles, los docentes tendríamos 50 días hábiles de vacaciones (asueto) distribuidos en todo el año escolar, y por consiguiente NOS ESTARÍAN FALTANDO (10) DÍAS HÁBILES DE VACACIONES.

Debemos tener claro que los (12) días feriados no se cuenta como vacaciones.

En conclusión el año escolar no puede tener 200 días hábiles como lo establece el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Educación, adema falta los días no laborables por el Ejecutivo nacional, estatal y Municipal.  


TLF 04265588020

@Ivanbravoh


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