EL (SITE FILIAL
DE FETRASINED SOLICITA AL GOBERNADOR RAFAEL CALLES, CONVOQUE LA INSTALACIÓN DE LA
MESA DE TRABAJO, PARA EL AJUSTE DE LOS MONTOS DE LOS BENEFICIARIOS DEL
CONDICIONADO (S.I.S.S.E.P).
El equipo del Sindicato de
Trabajadores de la Educación del estado Portuguesa (SITE filial de FETRASINED),
hoy 18 de octubre de 2017, consignamos un escrito al ciudadano Gobernador
Rafael Calles, donde le solicitamos se convoque la instalación de la mesa de
trabajo, para
el ajuste de los montos de los beneficiarios del condicionado, del Sistema Integral Socialista de
Salud del estado Portuguesa (S.I.S.S.E.P).
Esta Solicitud la hacemos según lo establecido en la: DISPOSICIONES TRANSITORIAS SEGUNDA:
que establece que, EN LOS PRIMEROS
QUINCE (15) DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE CADA AÑO SE REALIZARAN LAS MESAS DE
TRABAJO PARA EL AJUSTE DE LOS MONTOS DE
LOS BENEFICIOS DEL CONDICIONADO, con la participación de la Secretaria
de Gestión Interna de la Gobernación del Estado Portuguesa -
Representantes de los Sindicatos, Consejos de Trabajadores, que representan a
los trabajadores y trabajadoras dependientes de la Gobernación del Estado
Portuguesa y el Sistema Integral Socialista de Salud del Estado Portuguesa.
Así mismo el equipo del sindicato estuvo en diversas
Instituciones Educativas, de los Municipios: Araure, Páez, Esteller, Turen,
socializando los docentes, atendiendo los planteamientos y dándoles las
orientaciones necesarias.
Por ejemplo: lo relacionado a las cláusulas 38 de la
convención colectiva nacional.
Cláusula 38.
Otros Permisos Remunerados.
Se
conviene el otorgamiento de permisos remunerados hasta por diez (10) días al
año y hasta por tres (3) días consecutivos, para efectuar trámites o gestiones
personales, familiares o legales, ante organismos públicos o entes privados, a
las trabajadoras y los trabajadores que así lo requieran. Dichos permisos serán
de obligatorio otorgamiento cuando la trabajadora o el trabajador consignen
documentos probatorios que demuestren el carácter indelegable e impostergable
de la actividad que requiere su ausencia laboral. Queda claro que la
trabajadora o el trabajador tramitarán ante su supervisora o supervisor
inmediato el permiso requerido y deberán consignar los soportes en los quince
(15) días hábiles inmediatos a su ausencia.
Tal
como lo establece en encabezado de la cláusula, además de los permisos por:
Permisos
Remunerados por Comparecencia ante Autoridades.
Permiso
por Convalecencia de un Familiar.
Permiso
Remunerado para Actividades Deportivas, Artísticas, Culturales, Científicas y
Tecnológicas.
Permiso
por Reentrenamiento, Adiestramiento o Instrucción Militar.
Permiso
por Estudio.
Permiso
por Matrimonio.
Permiso
por Fallecimiento de un Familiar.
Permiso
por Nacimiento.
Los
docentes dispones de otros permisos
remunerados hasta por diez (10) días al año y hasta por tres (3) días
consecutivos.
Es
importante destacar que lamentablemente este beneficio no lo tenemos los
docentes estatales de portuguesa.
Telf.: 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@Ivanbravoh
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