sábado, 8 de septiembre de 2018

CLÁUSULA 4. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGUNDA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA.


CLÁUSULA 4. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGUNDA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA.

Buenas, el equipo del Sindicato SITE filial de FETRASINED, hoy sábado 8 de septiembre de 2018, ante los últimos acontecimientos y decisiones del Gobierno nacional las cuales hacen necesaria la Revisión, Adecuación y Modificación de la SEGUNDA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.

Es posible que todos los Trabajadores del sector educativo (Docentes, Administrativos y Obreros) en condición de activos, jubilados y/o pensionados, de dependencia nacional, estatal y municipal del País, tengamos que salir a las calles de manera pacífica y cívica pero con cohesión, contundencia y firmeza a defender los beneficios sociales, económicos y laborales que por muchos años hemos logrado con mucho sacrificio.

Esto implicar ir a una Batalla a la cual no podemos ir desarmados, gracias a Dios, los docentes y todos los trabajadores tenemos las mejores y más contundentes armas que pueden existir, que no son otras que: el CONOCIMIENTO, el VERBO y la RAZÓN.

Es por ello que a partir de hoy nuestra Organización Sindical comienza una campaña de divulgación de algunas de las cláusulas de la II Convención Colectiva.

CLÁUSULA 4. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGUNDA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA.

Con base a los principios de autonomía y libertad sindical contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y desarrollados en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, queda establecido que la administración de esta Convención Colectiva Única y Unitaria en nombre de las Trabajadoras y los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Educación, SE EFECTUARÁ DE MANERA BILATERAL entre las Organizaciones Sindicales signatarias en corresponsabilidad con el Ministerio del Poder Popular para la Educación, CON APEGO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS, CONTRATOS, CONVENIOS Y CONVENCIONES COLECTIVAS de las Trabajadoras y los Trabajadores de la Educación.

Es Justicia Social………….

http://ivanbravoh.blogspot.com/


Telf. 04265588020

ivanbravoh@hotmail.com

@Ivanbravoh

No hay comentarios:

Publicar un comentario