CONTRIBUCIÓN
POR: POR MATRIMONIO, POR NACIMIENTO DE HIJOS, POR FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR.
Buenas,
el equipo del Sindicato SITE filial de FETRASINED, hoy miércoles 12 de
septiembre de 2018, ante los últimos acontecimientos y decisiones del Gobierno
nacional relacionada con la reconversión Monetaria y la Recomposición del
salario, las cuales hacen necesaria la REVISIÓN,
ADECUACIÓN Y MODIFICACIÓN de la SEGUNDA
CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES
DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.
Es
posible que todos los Trabajadores del sector educativo (Docentes,
Administrativos y Obreros) en condición de activos, jubilados y/o pensionados,
de dependencia nacional, estatal y municipal del País, tengamos que salir a las
calles de manera pacífica y cívica pero con cohesión, contundencia y firmeza a
defender los beneficios sociales, económicos y laborales que por muchos años
hemos logrado con mucho sacrificio.
Esto
implicar ir a una Batalla a la cual no podemos ir desarmados, gracias a Dios,
los docentes y todos los trabajadores, tenemos las mejores y más contundentes armas
que pueden existir, que no son otras que: el CONOCIMIENTO, el VERBO y la RAZÓN.
En
la Segunda Convención Colectiva los Trabajadores tenemos contemplados los
siguientes BENEFICIOS SOCIALES DE
CARÁCTER NO SALARIALES. El monto de estas contribuciones es de CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES (Bsf.
4.000.000,00). Que después de la Reconversión monetaria pasan a ser BsS 40,00,
por lo que el monto de estas contribuciones deber ser ajustados a la realidad
económica que estamos viviendo y al principio y propósito de su creación.
CLÁUSULA 49. CONTRIBUCIÓN POR MATRIMONIO.
CLÁUSULA 50. CONTRIBUCIÓN POR NACIMIENTO DE HIJAS E
HIJOS.
CLÁUSULA 51. CONTRIBUCIÓN POR FALLECIMIENTO DE UN
FAMILIAR.
Los
derechos de los trabajadores son progresivo e irrenunciables….
Es
Justicia Social………….
http://ivanbravoh.blogspot.com/
Telf. 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@Ivanbravoh
No hay comentarios:
Publicar un comentario