11 DE
OCTUBRE DOCENTES DEL MUNICIPIO OSPINO SE CONCENTRARON EN LA PLAZA DE VARIOS
MUNICIPIOS DEL ESTADO PARA SOLICITAR EL PAGO DE LAS DEUDAS PENDIENTES.
Buenos
el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, le informa que hoy martes
11 de octubre 2016, los docentes adscritos a la Dirección de Educación de la Gobernación
de Portuguesa se concentraron en la Plaza Bolívar de: Páez, Turen, Esteller,
Ospino, Unda, Sucre y Guanare, con el Único Propósito de solicitarle al
ciudadano Gobernador Reinaldo Castañeda se reúna con la coalición sindical e
informe para cuando pagara el rosario de deuda y otros compromisos que tiene la
Gobernación con los docentes, y que lamentablemente cada día que pasa este
dinero se devalúa.
1.-
CLÁUSULA N° 2. TABULADOR DE SALARIO BASICO DOCENTE.
PARAGRAFO
SEGUNDO:
Los
incrementos previstos en estos tabuladores se aplicaran a las y los docentes
jubilados y pensionados, en la misma proporción y oportunidad acordados para
las y los trabajadores activos,
2.-
CLÁUSULA N° 3. DE LAS BONIFICACIONES ANUALES.
Diferencia
del 55% y 10% del Bono vacacional Bono recreacional
3.-
CLÁUSULA N° 4. DE LAS PRIMAS UNIVERSALES MENSUALES.
Diferencia
del 55% en la PRIMA DE ANTIGÜEDAD (80,00 x cada año de antigüedad del docente.)
Diferencia
del 55% en la PRIMA DE TRANSPORTE.
De
los meses de marzo a julio. (1.200,00 x 5 meses = 6.000,00)
4.-CLÁUSULA
N° 5. PRIMA ASPECTO PROPIO DEL EJERCICIO DOCENTE.
Diferencia del 10% del sueldo de los meses de
marzo a julio.
5.-
CLÁUSULA N° 8. PRIMA EDUCACIÓN ESPECIAL. Diferencia de los meses de marzo a
julio (800,00 x 5 meses = 4.000,00).
6.-
CLÁUSULA N° 09. ADJUDICACIÓN DE CONTRATO LABORAL AL PERSONAL SUPLENTE.
Más
de 1.000 docentes suplentes por vacantes absolutas con hasta siete años
continuos realizando suplencia.
7.-
CLÁUSULA Nº 10. TITULARIDAD PARA EL PERSONAL CONTRATADO.
751
docentes interinos desde el año 1996
8.-
CLÁUSULA N° 13. CONTRIBUCIÒN SOCIAL ANUAL PARA LA RECREACIÒN EN LA SEMANA
MAYOR.
Diferencia
de (5-500,00)
9.-
CLÁUSULA Nº 23. COMPENSACIÓN ÚNICA.
(Bs.
5.000,00) pagaderos al momento de la firma de la presente convención colectiva
10.-
CLÁUSULA Nº 25. CONTRIBUCIÓN ASISTENCIAL PARA LAS Y LOS JUBILADOS Y
PENSIONADOS.
Diferencia
de los meses de marzo a julio. (2.500,00 x 5 meses = 12.500,00)
11.-
CLÁUSULA Nº 26. HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y MATERNIDAD
En
las clínicas no reciben a los trabajadores ni a sus familiares. Y si tenemos la
suerte de ser atendidos la clínica nos cobra las diferencias en honorarios
profesionales y costo de los servicios que la el SISSEP no reconoce.
Adema
que los docentes Jubilados del 2014 espera el pago de las prestaciones
sociales. Y que los docentes que laboran en las escuelas Bolivariana espera que
incorporen a su sueldo el 18% que les falta.
Esperemos
que en lo que queda de semana el ciudadano Gobernador Reinaldo Castañeda
incluya en su agenda la reunión con la coalición sindical.
Es
justicia…
Telf: 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh
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