Buenas
el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, le informa a los docentes adscritos a la Dirección de
Educación de la Gobernación del estado Portuguesa, que hoy jueves 6 de octubre
2016, los docentes realizamos varias actividades simultaneas un grupo nos concentramos en la plaza Bolívar
Acarigua ya que nos informaron que el ciudadano Gobernador estaría en la
escuela de talento deportivo, otro grupo se concentró en las puertas de la
Gobernación y otros en la escuela Jesús de
Nazaret, este grupo tuvo la oportunidad de entregar un documento al ciudadano
Ministro de Educación Profesor Rodulfo Humberto Pérez
Ciudadano
Gobernador Reinaldo Castañeda, en nombre del magisterio de Portuguesa me
permito pedirle que por favor no nos obligue a reeditar prácticas implementadas
en el pasado por el magisterio de perseguir a donde fuese (peluquería) al gobernante para exigirle que nos atendieran.
Ciudadano
Gobernador Reinaldo Castañeda la coalición sindical solo pedimos tener el
derecho que usted en su condición de patrono nos atienda y de respuesta a un
rosario compromisos (deudas) contempladas en la recién firmada Convención
Colectiva, que esperamos usted nos pague. Como lo son:
1.- CLÁUSULA
N° 2. TABULADOR DE SALARIO BASICO DOCENTE.
PARAGRAFO
SEGUNDO:
Los
incrementos previstos en estos tabuladores se aplicaran a las y los docentes
jubilados y pensionados, en la misma proporción y oportunidad acordados para
las y los trabajadores activos,
2.- CLÁUSULA
N° 3. DE LAS BONIFICACIONES ANUALES.
Diferencia
del 55% y 10% del Bono vacacional Bono recreacional
3.- CLÁUSULA
N° 4. DE LAS PRIMAS UNIVERSALES MENSUALES.
Diferencia
del 55% en la PRIMA DE ANTIGÜEDAD (80,00 x cada año de antigüedad del docente.)
Diferencia
del 55% en la PRIMA DE TRANSPORTE.
De
los meses de marzo a julio. (1.200,00 x 5 meses = 6.000,00)
4.-CLÁUSULA
N° 5. PRIMA ASPECTO PROPIO DEL EJERCICIO DOCENTE.
Diferencia del 10% del sueldo de los meses de
marzo a julio.
5.- CLÁUSULA
N° 8. PRIMA EDUCACIÓN ESPECIAL. Diferencia de los meses de marzo a julio
(800,00 x 5 meses = 4.000,00).
6.- CLÁUSULA
N° 09. ADJUDICACIÓN DE CONTRATO LABORAL AL PERSONAL SUPLENTE.
Más
de 1.000 docentes suplentes por vacantes absolutas con hasta siete años
continuos realizando suplencia.
7.- CLÁUSULA
Nº 10. TITULARIDAD PARA EL PERSONAL CONTRATADO.
751
docentes interinos desde el año 1996
8.- CLÁUSULA
N° 13. CONTRIBUCIÒN SOCIAL ANUAL PARA LA RECREACIÒN EN LA SEMANA MAYOR.
Diferencia
de (5-500,00)
9.-
CLÁUSULA Nº 23. COMPENSACIÓN ÚNICA.
(Bs.
5.000,00) pagaderos al momento de la firma de la presente convención colectiva
10.- CLÁUSULA
Nº 24. AYUDA PARA LOS DOCENTES CON HIJOS CON DISCAPACIDAD.
11.- CLÁUSULA
Nº 25. CONTRIBUCIÓN ASISTENCIAL PARA LAS Y LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS.
Diferencia
de los meses de marzo a julio. (2.500,00 x 5 meses = 12.500,00)
12.-
CLÁUSULA Nº 26. HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y MATERNIDAD
En
las clínicas no reciben a los trabajadores ni a sus familiares. Y si tenemos la
suerte de ser atendidos la clínica nos cobra las diferencias en honorarios
profesionales y costo de los servicios que la el SISSEP no reconoce.
Adema
que los docentes Jubilados del 2014 espera el pago de las prestaciones
sociales. Y que los docentes que laboran en las escuelas Bolivariana espera que
incorporen a su sueldo el 18% que les falta.
Ciudadano
Gobernador el pasado miércoles 21 de septiembre usted se comprometió a reunirse
con nosotros el martes 27 de septiembre, no se justifica que hoy 6 de octubre
diez días después usted no se tenga tiempo para atender a la representación de
6790 docentes, usted y su equipo de trabajo tiene nuestros números telefónicos solo
esperamos que nos diga hora lugar y fecha, para reunirnos con usted.
Es justicia…
Telf: 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh
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