jueves, 6 de octubre de 2016

Buenas el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, le informa  a los docentes adscritos a la Dirección de Educación de la Gobernación del estado Portuguesa, que hoy jueves 6 de octubre 2016, los docentes realizamos varias actividades simultaneas  un grupo nos concentramos en la plaza Bolívar Acarigua ya que nos informaron que el ciudadano Gobernador estaría en la escuela de talento deportivo, otro grupo se concentró en las puertas de la Gobernación y otros en la escuela Jesús de  Nazaret, este grupo tuvo la oportunidad de entregar un documento al ciudadano Ministro de Educación Profesor Rodulfo Humberto Pérez
Ciudadano Gobernador Reinaldo Castañeda, en nombre del magisterio de Portuguesa me permito pedirle que por favor no nos obligue a reeditar prácticas implementadas en el pasado por el magisterio de perseguir a donde fuese (peluquería) al  gobernante para exigirle que nos atendieran.
Ciudadano Gobernador Reinaldo Castañeda la coalición sindical solo pedimos tener el derecho que usted en su condición de patrono nos atienda y de respuesta a un rosario compromisos (deudas) contempladas en la recién firmada Convención Colectiva, que esperamos usted nos pague. Como lo son:
1.- CLÁUSULA N° 2. TABULADOR DE SALARIO BASICO DOCENTE.
PARAGRAFO SEGUNDO:
Los incrementos previstos en estos tabuladores se aplicaran a las y los docentes jubilados y pensionados, en la misma proporción y oportunidad acordados para las y los trabajadores activos,
2.- CLÁUSULA N° 3. DE LAS BONIFICACIONES ANUALES.
Diferencia del 55% y 10% del Bono vacacional Bono recreacional
3.- CLÁUSULA N° 4. DE LAS PRIMAS UNIVERSALES MENSUALES.
Diferencia del 55% en la PRIMA DE ANTIGÜEDAD (80,00 x cada año de antigüedad del docente.)
Diferencia del 55% en la PRIMA DE TRANSPORTE.
De los meses de marzo a julio. (1.200,00 x 5 meses = 6.000,00)
4.-CLÁUSULA N° 5. PRIMA ASPECTO PROPIO DEL EJERCICIO DOCENTE.
 Diferencia del 10% del sueldo de los meses de marzo a julio.
5.- CLÁUSULA N° 8. PRIMA EDUCACIÓN ESPECIAL. Diferencia de los meses de marzo a julio (800,00 x 5 meses = 4.000,00).
6.- CLÁUSULA N° 09. ADJUDICACIÓN DE CONTRATO LABORAL AL PERSONAL SUPLENTE.
Más de 1.000 docentes suplentes por vacantes absolutas con hasta siete años continuos realizando suplencia.
7.- CLÁUSULA Nº 10. TITULARIDAD PARA EL PERSONAL CONTRATADO.
751 docentes interinos  desde el año 1996
8.- CLÁUSULA N° 13. CONTRIBUCIÒN SOCIAL ANUAL PARA LA RECREACIÒN EN LA SEMANA MAYOR.
Diferencia de (5-500,00)
9.- CLÁUSULA Nº 23. COMPENSACIÓN ÚNICA.
(Bs. 5.000,00) pagaderos al momento de la firma de la presente convención colectiva
10.- CLÁUSULA Nº 24. AYUDA PARA LOS DOCENTES CON HIJOS CON DISCAPACIDAD.
11.- CLÁUSULA Nº 25. CONTRIBUCIÓN ASISTENCIAL PARA LAS Y LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS.
Diferencia de los meses de marzo a julio. (2.500,00 x 5 meses = 12.500,00)
12.- CLÁUSULA Nº 26. HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y MATERNIDAD
En las clínicas no reciben a los trabajadores ni a sus familiares. Y si tenemos la suerte de ser atendidos la clínica nos cobra las diferencias en honorarios profesionales y costo de los servicios que la el SISSEP no reconoce.
Adema que los docentes Jubilados del 2014 espera el pago de las prestaciones sociales. Y que los docentes que laboran en las escuelas Bolivariana espera que incorporen a su sueldo el 18% que les falta.
Ciudadano Gobernador el pasado miércoles 21 de septiembre usted se comprometió a reunirse con nosotros el martes 27 de septiembre, no se justifica que hoy 6 de octubre diez días después usted no se tenga tiempo para atender a la representación de 6790 docentes, usted y su equipo de trabajo tiene nuestros números telefónicos solo esperamos que nos diga hora lugar y fecha, para reunirnos con usted.
Es justicia…   
Telf: 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh






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