20 DE
OCTUBRE 2016, DOCENTES DE OSPINO DEL ESTADO PORTUGURESA MARCHARON PARA EXIGIR
EL PAGO DEL 17% Y CONDICIONES SOCIO ECONÓMICAS DIANA A LA CARRERA DOCENTE.
Buenas
el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, le informa que hoy jueves 20 de octubre 2016, la coalición sindical de
Portuguesa, realizaron actividades en la que participaron docentes nacionales y
estatales de los Municipios Araure, Páez, Turen, Esteller, Ospino, Unda, Sucre,
Guanarito, y Guanare, donde una gran cantidad de docentes salieron a exigir el
respeto a la profesión docentes.
En el
caso de la actividad realizada en Guanare los docentes salieron desde la
Alcaldía y llegaron a la Plaza Bolívar donde se encontraba el Gobernador Reinaldo Castañeda quien interactuó
con los docentes informando entre algunas cosas que con los recursos de un crédito
adicional en los próximos días estaría cumpliendo los compromisos económico que
mantiene con los docentes y que el domingo 23 sostendría una reunión con la representación
sindical que no está planteado quitarnos el 17% de aumento y que no a ordenados
descuento a ningún trabajador.
Esperemos
que en esta reunión tengamos una respuesta positiva para con:
1.-
CLÁUSULA N° 2. TABULADOR DE SALARIO BASICO DOCENTE.
PARAGRAFO
SEGUNDO:
Los
incrementos previstos en estos tabuladores se aplicaran a las y los docentes
jubilados y pensionados, en la misma proporción y oportunidad acordados para
las y los trabajadores activos,
2.-
CLÁUSULA N° 3. DE LAS BONIFICACIONES ANUALES.
Diferencia
del 55% y 10% del Bono vacacional Bono recreacional
3.-
CLÁUSULA N° 4. DE LAS PRIMAS UNIVERSALES MENSUALES.
Diferencia
del 55% en la PRIMA DE ANTIGÜEDAD (80,00 x cada año de antigüedad del docente.)
Diferencia
del 55% en la PRIMA DE TRANSPORTE.
De
los meses de marzo a julio. (1.200,00 x 5 meses = 6.000,00)
4.-CLÁUSULA
N° 5. PRIMA ASPECTO PROPIO DEL EJERCICIO DOCENTE.
Diferencia del 10% del sueldo de los meses de
marzo a julio.
5.-
CLÁUSULA N° 8. PRIMA EDUCACIÓN ESPECIAL. Diferencia de los meses de marzo a
julio (800,00 x 5 meses = 4.000,00).
6.-
CLÁUSULA N° 09. ADJUDICACIÓN DE CONTRATO LABORAL AL PERSONAL SUPLENTE.
Más
de 1.000 docentes suplentes por vacantes absolutas con hasta siete años
continuos realizando suplencia.
7.-
CLÁUSULA Nº 10. TITULARIDAD PARA EL PERSONAL CONTRATADO.
751
docentes interinos desde el año 1996
8.-
CLÁUSULA N° 13. CONTRIBUCIÒN SOCIAL ANUAL PARA LA RECREACIÒN EN LA SEMANA
MAYOR.
Diferencia
de (5-500,00)
9.-
CLÁUSULA Nº 23. COMPENSACIÓN ÚNICA.
(Bs.
5.000,00) pagaderos al momento de la firma de la presente convención colectiva
10.-
CLÁUSULA Nº 25. CONTRIBUCIÓN ASISTENCIAL PARA LAS Y LOS JUBILADOS Y
PENSIONADOS.
Diferencia
de los meses de marzo a julio. (2.500,00 x 5 meses = 12.500,00)
11.-
CLÁUSULA Nº 26. HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y MATERNIDAD
En
las clínicas no reciben a los trabajadores ni a sus familiares. Y si tenemos la
suerte de ser atendidos la clínica nos cobra las diferencias en honorarios
profesionales y costo de los servicios que la el SISSEP no reconoce.
Adema
que los docentes Jubilados del 2014 espera el pago de las prestaciones
sociales. Y que los docentes que laboran en las escuelas Bolivariana espera que
incorporen a su sueldo el 18% que les falta y los docentes contratados espera
recibir la titularidad de sus cargos en este año.
Es
justicia…
Telf: 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh
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