miércoles, 26 de octubre de 2016

CLÁUSULA Nº 15. BONO DE ÙTILES ESCOLARES de la VIII CONVENCION COLECTIVA DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN ADSCRITOS A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA.

Buenas el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, ante los múltiples comentarios y preguntas colocamos a su disposición el contenido de la  CLÁUSULA Nº 15. BONO DE ÙTILES ESCOLARES de la VIII CONVENCION COLECTIVA DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN ADSCRITOS A LA GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA. La Gobernación del estado Portuguesa conviene, a partir de la firma de la presente Convención Colectiva de Trabajo, en pagar a cada trabajador y trabajadora activos, jubilados y pensionados, un bono de útiles escolares, por cada hijo e hija menores de 21 año de edad siempre que se encuentren cursando estudio según la tabla anexa: 
ESTUDIO   OCTUBRE 2017
Inicial y Primaria= Bs. 1.000
Media General – Media Técnica= Bs. 1.200
Universitaria=Bs. 1.400
PARÁGRAFO PRIMERO: en caso de coincidencia de trabajadores dicho beneficio se otorgará a uno solo de ellos, previa presentación de los siguientes recaudos:  1) copia de cédula de identidad del docente, 2) recibo de pago, 3) copia de la partida de nacimiento, 4) original de la constancia de  estudio actualizada o inscripción y registro de inscripción en caso de estudiantes universitarios.
PARÁGRAFO SEGUNDO: los documentos establecidos en el parágrafo primero deberán ser consignados en la Dirección de Educación en los primeros 6 días hábiles del mes de octubre.   

Telf: 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh

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