CLÁUSULA 51 DE LA
PRIMERA CUU (nacional
A
los fines de brindarles atención integral y protección social, se conviene en
crear una contribución mensual sin incidencia salarial para los hijos e hijas
de las trabajadoras y trabajadores del MPPE ACTIVOS, JUBILADOS Y PENSIONADOS
con una jornada con al menos 18 horas semanales, que presenten una discapacidad
que no le permita valerse por sí mismos sin límite de edad, certificada por el
CONAPDIS como grave o severa. El monto mensual de esta contribución será
equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo.
PARÁGRAFO PRIMERO:
Queda entendido que este pago se otorgará previa presentación del certificado y
calificación de persona con discapacidad emitido por el CONAPDIS o los centros
de atención hospitalaria acreditados a tal fin, que deberá ser consignada para
su tramitación ante la Oficina de Gestión Humana del MPPE. El beneficio será
pagado a partir de la fecha en que se consigne el certificado.
AYUDA PARA LOS DOCENTES CON HIJOS CON DISCAPACIDAD.
CLÁUSULA 24. DE LA VIII CCEP. (estatal)
La
Gobernación del estado Portuguesa conviene, a partir de la firma de la presente
Convención Colectiva de Trabajo a los fines de brindarles atención integral y
protección social, acuerda en crear una contribución mensual sin incidencia
salarial para los hijos e hijas de las trabajadoras y trabajadores de educación
activos, jubilados y pensionados con una jornada con al menos 18 horas semanales,
que presenten una discapacidad que no le permita valerse por sí mismos sin
límite de edad, certificada por el CONAPDIS como grave o severa. El monto
mensual de esta contribución será equivalente al cuarenta por ciento (40%) del
salario mínimo.
PARÁGRAFO
ÚNICO: Queda
entendido que este pago se otorgará previa presentación del certificado y
calificación de persona con discapacidad emitido por el CONAPDIS o los centros
de atención hospitalaria acreditados a tal fin, que deberá ser consignada todos
los años su inscripción o actualización ante la Oficina de Recursos humanos de
la Dirección de Educación del estado Portuguesa, el beneficio será pagado a partir de la fecha
en que se consigne el certificado.
Telf: 04265588020
ivanbravoh@hotmail.com
@ivanbravoh
@ivanbravoh
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