INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LOS DOCENTES ADSCRITOS A LA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA GOBERNACIÓN DE PORTUGUESA EN RELACIÓN A LOS DOS ÚLTIMOS
PAGOS.
Buenas, el equipo del Sindicato SITE filial de FETRASINED, hoy viernes
18 de mayo de 2018, informamos a los docentes estatales del estado Portuguesa,
en relación a los dos últimos pagos, la primera quincena de mayo, y el
retroactivo de los incrementos salariales.
Lo primero que tenemos que tener presente es que a partir de mayo,
los docentes activos nos clasificamos en:
A.- Docentes con dedicación de (40 horas), anteriormente 33,33
horas.
B.- Docentes con dedicación de (53,33 horas), los Docentes de las
Escuelas Bolivarianas.
Después de realizar los cálculos pertinentes llegamos a la conclusión
que:
La entidad de trabajo efectivamente pago en base al último salarial
el (100%) de incremento salarial contractual, y posteriormente aplico el incremento
salarial del 154,682334% del decreto presidencial.
Pero lamentablemente, no aplico lo establecido en la cláusula N°
15, de la II C.C.U.U, relacionada con la dedicación docente de cuarenta (40 horas)
y (53,33 horas).
Esta situación aunada a que ya la entidad de trabajo había informado
que en el caso de los docentes activos, en este mes no cobraríamos el incremento
de las primas de: TRANSPORTE y de ANTIGÜEDAD.
Y los docentes jubilados y/o pensionados no cobrarían en este
mes el incremento de la Contribución Asistencial para las y los jubilados y
pensionados (cláusula 56), y el Bono Compensatorio Especial de la Guerra Económica
(cláusula 59).
Estos beneficios serían incorporados al salario para el mes de
junio y pagada la respectiva retroactividad.
Por lo ante planteado, seguro estamos que la entidad de trabajo
ya debe estar trabajando para subsanar lo antes posible lo relacionado a los dos
pagos realizados, el pago de la quincena y el pago del retroactivo.
A continuación les presentamos un ejemplo.
Un docente VI con el 58% tenía un salario mensual de= 1.458.176,33.
EL PRIMER
PASO ES: calcular el monto de la hora, para ello se divide el salario mensual
entre las 33,33 horas.
1.458.176,33
/ 33,33 = 43.749,66.
EL SEGUNDO
PASO ES: multiplicar este monto por las 40 horas.
43.749,66
X 40 = 1.749.986,59. Salario mensual.
EL
TERCER PASO ES: multiplicar este monto por el incremento contractual.
1.749.986,59
X 100% = 3.499.973,19. Salario mensual.
EL
CUARTO PASO ES: multiplicar este monto por el incremento presidencial.
3.499.973,19
X 154,68234%= 8.913.813,41.
El resultado
es el monto del salario mensual de un docente VI= 8.913.813,41 en base a este
se calculan la mayoría de las primas.
En el
caso de los docentes de las Escuelas Bolivarianas es el mismo procedimiento
pero en vez de multiplicar por 40 horas, se multiplica por 53,33 horas.
En otro
orden de idea en el Banco Venezuela se liberó el tercer depósito relacionado
con la diferencia de los Bonos
Contribución
navideña 489.000,00 para todos los docentes.
Bono Inició
de año fiscal 500.00,00 para todos los docentes.
Bono de
Uniforme 999.000,00, solo para docentes activos.
Telf. 04265588020
@Ivanbravoh
Buen día profesor. Una pregunta con todo respeto. ¿Que pasa con los docentes en condición de encargaduría? no tienen derecho de gozar su titularidad. Gracias.
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