martes, 31 de enero de 2017

REUNIÓN DEL SECTOR ESCOLAR Y COALICIÓN SINDICAL DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL ESTADO PORTUGUESA.

REUNIÓN DEL SECTOR ESCOLAR Y COALICIÓN SINDICAL DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL ESTADO PORTUGUESA.

Buenas el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, le informa que el día de hoy martes 31 de enero de 2017, el Sector Escolar y Coalición Sindical del municipio Esteller del estado Portuguesa sostuvieron una reunión de trabajo donde acordaron realizar un censo de los docentes que necesitan vivienda, le recordamos que esto fue uno de los resultados de una actividad sindical en la cual hizo acto de presencia en ciudadano gobernador Reinaldo Castañeda quien exhorto a la ciudadana Alcaldesa a conforman una comisión con el fin de abordar algunas situaciones relacionado con los docentes por ejemplo el tema de la vivienda.

Para hoy estaba pautada la audiencia de reclamo en la Inspectoría del Trabajo, según EXPEDIENTE signado con el Nº 029-2016-03-00607, en contra de la gobernación de Portuguesa, ya que el ciudadano gobernador Reinaldo Castañeda desde el pasado mes de marzo de 2016, le está pagando menos de lo que le corresponde en la asignación mensual a 1.543 docentes jubilados.
La cual lamentablemente no se pudo realizar ya que la ciudadana Inspectora tuvo que asistir a unos compromisos ineludibles e inherentes a sus funciones.

En otro orden de ideas le informamos a nuestros afiliados que en el día de hoy recibimos del CNE la Gaceta Electoral de fecha miércoles 25 de enero de 2017, en la cual se recomo el Proceso electoral que nuestra Organización Sindical realizara el pasado 15 de Julio de 2016.

Es justicia.

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CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.

El Sindicato de Trabajadores de la Educadores del estado Portuguesa (SITE) filian de FETRASINED, cumpliendo con lo establecido en nuestros estatutos, en la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras, CONVOCAMOS A LOS DOCENTES AFILIADOS: ESTATALES Y NACIONALES, ACTIVOS Y JUBILADOS a las ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS PARCIALES en la cual se trataran como punto único.

PRESENTACIÓN DEL INFORME DE FINANZAS DEL PERIODO FISCAL 2016, Artículo N°  388 Numeral 2 de L.O.T.T.T. y  Artículo N° 55 Parágrafo Único de los estatutos. Las Asamblea General se realizaran en los Municipios según el siguiente cronograma:

1.- Unda. 02/02/2017, Casa de la Cultura Don Miguel Ángel García, 8:00 am.

2.- Sucre. 03/02/2017, Escuela Rómulo Gallegos, 8:00 am.

3.- Turen. 08/02/2017, Casa de la Cultura, 8:00 am..

4.- Esteller. 09/02/2017, Escuela Jesús Alvarado Núñez, 8:00 am.

5.- Santa Rosalía. 17/02/2017, Escuela Rayito de Luz, 8:00 am.

6.- Agua Blanca. 02/03/2017, Escuela Gumersindo Martínez, 8:00 am.

7.- San Rafael de Onoto, 03/03/2017, Escuela Marina de Contreras, 8:00 am.

8.- Ospino, 09/03/2017, E.T.A.R.Z. Ospino, 8:00 am.

9.- Guanare, San Genaro, Papelón, Guanarito, 10/03/2017, Casa Sindical de Guanare, 8:00 am.

10.- Araure y Páez, 17/03/2017, Casa Sindical de Araure Acarigua, 8:00 am.

PERMISO PARA ASISTENCIA A ASAMBLEAS DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS).

CLAUSULA N° 33 DE LA III CONVENCION COLECTIVA (VI CONTRATO COLECTIVO).

CLÁUSULA N° 83. DE LA PRIMERA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA DE LAS Y LOS TRABAJADORES DEL M.P.P.E).

Artículo 15 de los Estatutos PARÁGRAFO PRIMERO: Para las asambleas generales ordinarias o extraordinarias parciales, se consideran válidamente constituida con la asistencia de la mitad más uno de las afiliadas y afiliados, sin embargo, si en la primera convocatoria no se obtiene el quórum reglamentario, podrá  convocarse a una segunda asamblea una (1) hora después, en el mismo lugar de la primera convocatoria y se considerará válidamente constituida con la presencia no menor de 20% de las afiliadas y afiliados según el Artículo N° 389 numeral (2) de la L.O.T.T.T.
Por la Junta Directiva

Licd Esp. Iván Joaquín Bravo Hernández.
Presidente

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lunes, 30 de enero de 2017

SESIÓN SOLEMNE EN EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO PORTUGUESA POR EL DÍA DEL MAESTRO.

SESIÓN SOLEMNE EN EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO PORTUGUESA POR EL DÍA DEL MAESTRO.

Buenas el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, le informa a los docentes que hoy 30 de enero de 2017, estuvimos en la ciudad de Guanare realizando las siguientes actividades.

PRIMERO: sostuvimos una reunión con el Profesor Víctor Ramírez Autoridad Única en Educación en el estado y la abogada Zahireth González Directora de Recursos Humanos de la Gobernación, donde tratamos lo relacionado a lo establecido en la VIII Convención Colectiva “CLÁUSULA Nº 1, BECAS ESTUDIANTILES, La partes se comprometen por medio de una comisión mixta a partir de la firma de la presente Convención Colectiva de Trabajo, a evaluar la situación general de las becas educacionales, de forma que se organice un sistema de becas bajo los principios de igualdad y equidad que beneficie con justicia social a hijos e hijas de docentes activos, jubilados y pensionados para sus estudios primaria, medios generales y técnicos y universitarios, el cual entrará en vigencia para el año 2017 con su respectiva reglamentación.
PARÁGRAFO ÚNICO: Los acuerdos emanados de la comisión mixta, se incorporaran como adendum a la presente Contratación Colectiva para el año 2017.”

Después de oír la propuesta patronal y realizar varias contra propuesta se acordaron:

1.- El monto de las Becas para los hijos de los docentes adscritos a la Gobernación será de Bs 280 mensual para un total de Bs 3.360 anual, para las becas PRIMARIAS, MEDIA Y UNIVERSITARIO todas con el mismo monto.

2.- a partir de este año todas las Organizaciones Sindicales (10) dispondremos de 200 Becas para asignar a los docentes.

Es lamentable que la propuesta del Gobernador Reinaldo Castañeda no llene las expectativas de los docentes, y que la misma  este por debajo de lo establecido para los docentes nacionales en la CLÁUSULA 61. BECAS. (BS. 3.600,00) ANUAL.

SEGUNDO: nuestra organización sindical consigno en el despacho de la abogada Livia Padilla Directora de Gestión Interna y a la abogada Zahireth González, un escrito donde solicitamos se subsane lo relacionado a que desde el mes de MARZO DE 2016, HASTA LA FECHA, la gobernación no le está pagando lo que le corresponde a DOS (2) DOCENTES ACTIVOS TSU (PND), los cuales identifico a continuación:

1.- GONZALEZ ALEJANDRO cedula de Identidad N° 7597612.

2.- VALERA  MIRLA  cedula de Identidad N° 10635575.

Según lo establecido en la VIII Convención Colectiva CLÁUSULA N° 2, los TSU DOCENTES Y LOS TSU NO DOCENTES, deben cobran la misma cantidad y le deben  pague la DIFERENCIA EN EL SALARIO. PRIMA PROPIA DEL EJERCICIO DOCENTE, BONO BOLIVARIANO, PRIMA GEOGRÁFICA, DE MARZO A ENERO DE 2017, Y EN LAS VACACIONES Y AGUINALDOS.

TERCERO: después asistimos a la sesión que realizo el Consejo Legislativo por motivo del día del Maestro, Felicitaciones a el orador de Orden  Maestro Serrada, al presentador profesor Goyo, y a todos los colegas docentes que recibieron su reconocimiento.

En relación a el pago de los cestaticket aún no tenemos información para cuando los pagan y si el paro se realizar en las cuentas nominas o seguiremos con las tarjetas, Dios Ilumine al ciudadano Gobernador y nos los paguen directamente a las nóminas como lo cobran los colegas nacionales.
En relación al pago recién realizado les informo que ya está publicado el recibo de pago le



sugiero a los colegas realizar los respectivos cálculos y constatar que todo esté bien, en el caso de los docentes activos no van a coincidir con los montos de los tabuladores que publicamos ya que está pendiente que a partir de noviembre nos incluyan más del 17% pendiente del 20% decretado por el presidente.

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ARTÍCULOS 114 AL 119, DEL REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE.

ARTÍCULOS 114 AL 119, DEL REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE. TÍTULO III DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS PROFESIONALES DE LA DOCENCIA. Capítulo III Del Régimen de Licencias  Sección Segunda. De la Licencia Sabática.

Artículo 114: Los miembros del personal docente podrán gozar de licencia no remunerada hasta por un año, cada siete años de servicio consecutivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica de Educación. Cuando el docente ejerza cargo diurnos y nocturnos simultáneamente, podrá hacer uso de dicha licencia para los dos cargos o para uno solo, si es de su voluntad.

Artículo 115: A los fines del cumplimiento del artículo 98 de la Ley Orgánica de Educación, el personal docente podrá gozar de licencia especial remunerada hasta por un año y uno de prórroga, siempre y cuando la licencia sea para realizar labores de investigación o de perfeccionamiento y/o actualización en aquellas áreas de interés prioritario para la educación y para el país. En todo caso, los beneficiarios de licencia sabática remunerada deben, al término de la misma, continuar prestando sus servicios por un lapso no inferior a dos (2) años.

Artículo 116: Son compatibles con el beneficio de la licencia sabática no remunerada los programas de becas que establezca el Estado para el personal docente en sus áreas prioritarias.

Artículo 117: Para el otorgamiento de la licencia remunerada las autoridades educativas deberán observar los siguientes criterios: antigüedad en el servicio y méritos profesionales, y exigirán la presentación de un proyecto de estudio o de investigación a realizar, que incluya un plan de trabajo, con previsiones relativas al seguimiento, control y evaluación del mismo.

Artículo 118: Quien disfrute del año sabático con goce de la remuneración total, no podrá desempeñar actividades remuneradas.

Artículo 119: La autoridad educativa competente tomará las medidas administrativas pertinentes que se originen de la reincorporación al cargo del profesional de la docencia. En caso de que éste decida no reincorporarse, deberá notificarlo con un mes de anticipación a la autoridad respectiva. 

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sábado, 28 de enero de 2017

TABLAS DE SALARIOS DE LOS DOCENTES 33,33 HORAS, CON EL 17% DE OCTUBRE, 20% DE NOVIEMBRE 2016, 50% DE ENERO Y 25% DE FEBRERO 2017.

TABLAS DE SALARIOS CON EL 17% DE OCTUBRE, 20% DE NOVIEMBRE 2016, 50% DE ENERO Y 25% DE FEBRERO 2017.

Buenas el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, coloca a su disposición las Tablas de salario con el 17% de octubre, 20% de noviembre 2016, 50% enero y 25% de febrero 2017.

Como el ciudadano presidente de la república, el día de ayer viernes 27 de enero de 2017, en cadena nacional, reconoció que los incrementos salariales establecidos en las Convenciones Colectivas no tienen nada que ver con los incrementos salariales vía decreto presidencial.

El Ministerio de Educación y en el caso de la gobernación del estado Portuguesa debe pagar a los docentes la diferencia.

En el caso de los docentes nacionales el Ministerio de Educación debe:

PRIMERO: en el mes de octubre, partiendo del salario de septiembre debe incluir y pagar el 17% de incremento salarial en este mes.

SEGUNDO: del mes de noviembre debe pagar el 17%  debe partiendo del salario de octubre y la recurrencia del 20% sobre el 17%, y la diferencia en los 105 días de aguinaldos.

TERCERO: de enero de 2017, deben pagar el 50% con el salario de noviembre donde esté incluido el 17/ y el 20%.

En el caso de los docentes adscritos a la gobernación de Portuguesa debe pagar:

PRIMERO: en el mes de noviembre y diciembre, deber pagarnos algo menos del 20% de incremento presidencial salarial en este mes, y la diferencia de los 105 días de aguinaldos.

SEGUNDO: de enero de 2017, deben pagar el 50% con el salario de noviembre donde esté incluido el 17% y el 20%.

Le recordamos que estos tabuladores no aplican para los docentes jubilados y pensionados, ya que todo incremento salarial aplica en base a su asignación mensual (jubilado o Pensionado).

Así que en el caso de los jubilados nacionales a la asignación de septiembre deben sumarle 17%, de octubre, al resultado le suman 20%, de noviembre, a este resultado deben sumarle 50% de enero 2017, y por ultimo debe sumarle 25% de febrero.

 En el caso de los jubilados adscritos a la gobernación de Portuguesa, a la asignación de octubre, deben sumar el 20%, de noviembre, a este resultado deben sumarle 50% de enero 2017, y por ultimo debe sumarle 25% de febrero.

También le recordamos que los docentes Técnico Superior Universitarios (TSU) tienen una sola categoría (Grado).

Si desea visualizar las tablas pulsa el link del blog.

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ARTÍCULOS 113 DEL REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE.

ARTÍCULOS 113 DEL REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE. TÍTULO III DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS PROFESIONALES DE LA DOCENCIA. Capítulo III Del Régimen de Licencias  Sección Primera De los Tipos de Licencias.

Artículo 113: Serán de concesión potestativa, remuneradas o no:

1º Para cursar estudios de perfeccionamiento y/o actualización profesional, relacionados con el nivel o modalidad donde preste el servicio.

2º Para acompañar al cónyuge, cuando éste siga estudios en el exterior, hasta por tres (3) años.

3º Para asistir a conferencias, congresos, seminarios y similares, relacionados con la profesión docente, hasta por el tiempo de duración del evento.

4º Para cursar estudios de postgrado en áreas de la educación por el tiempo requerido para realizar los estudios respectivos, sin exceder de dos (2) años para la Maestría y tres (3) para el Doctorado, con prórroga de un año como máximo.

5º Para realizar labores de investigación pedagógica, cuando éstas respondan a objetivos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de la educación y a las prioridades establecidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, por el tiempo requerido.

6º Las concedidas a los docentes que sean requeridos por organismos públicos o privados nacionales o extranjeros, asignados a programas de cooperación técnica, en virtud de tratados o acuerdos de intercambio cultural bilaterales o multilaterales celebrados por la República, por el tiempo requerido. 

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viernes, 27 de enero de 2017

INSTALADO EL COMITÉ REGIONAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA.

INSTALADO EL COMITÉ REGIONAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA.
Buenas el equipo del Sindicato (SITE) filial de FETRASINED, le informa a los docentes estatales y nacionales que hoy 27 de enero de 2017, se instaló el Comité regional de evaluación y seguimiento de la Convención colectiva, tanto a nivel de estado como de la nación, y el sismo se realizara cada quince días, y el mismo está integrado por una parte la representación del patrono y por otro lado un representante por cada organización sindical.
En esta reunión se trataron  situaciones que afecta a la base magisterial.
1.- la abogada Livia Padilla Secretaria de Gestión Interna de la Gobernación informo que a partir de este mes los docentes estatales que laboran en las escuelas Bolivarianas comienza a recibir la compensación salarial del  60%.
2.- ya está activo  el pago del mes de enero completo con el 50% de incremento salarial, en el Venezuela esperemos que los otros Bancos también se libere lo antes posible.
3.- la gobernación está realizando las consultas ante la Contraloría General de la Republica para ver la viabilidad legar y pagarnos los cestaticket en efectivo, pero están realizando paralelamente el proceso de licitación para adelantar los trámites en el caso que la respuesta no sea positiva y así no atrasar el pago del cestaticket dependiendo de cuál sea la decisión.
4.- en relación al reclamo que nuestra organización sindical  consigno el pasado 29 de agosto de 2016, donde la gobernación le quedo debiendo una diferencia  a 163 docentes que fueron jubilados el pasado 31 de marzo de 2016, la abogada Zahiret González Directora de Recursos Humanos de la gobernación informo que ya le habían pagado la diferencia a los afectados.
Invito a los colegas afectados a verificar sus cuentas nominas e informarme la fecha que la gobernación les pago, continuación publico el oficio de reclamo y el decreto donde están los 163 docentes jubilados.
5.- en relación a los 659 docentes interinos que pasaron a ser personal ordinario al MPPPE, que no les pagaron Bono Bolivariano, Ruralidad, Prima de profesionalización, para la quincena del 10 de febrero deberían de incorporarles estos beneficios.
6.- en relación a los docentes suplentes el profesor Víctor Ramírez Autoridad Única en Educación informo que siguen realizado trámites ante el nuevo Ministro para que se estudie la posibilidad de asignar más recursos para incorporar más suplentes al ministerio.
7.- el  profesor Víctor Ramírez nos informó que ya está listo lo relacionado la oficina de Asuntos Gremiales y Sindicales y que al frente de la misma estará el Profesor Segundo Leal, y se comprometió a que en la Zona Educativa también se instalara una oficial de Asusto Gremiales y Sindicales.
8.- en relación al CLAP se encuentra a la espera de una circular donde en ministro indique como se llevara a cabo la implementación en las instituciones educativas.
9.- las parten nos comprometimos a realizar un baremo para el nombramiento de los docentes directores y sub directores, mientras se realiza el respectivo concurso de mérito y oposición.
10.- la abogada Livia Padilla informo que están trabajando para mejorar el servicio funerario de la gobernación y que pronto nos presentaran la propuesta.
11.- en relación al 17% de incremento salarial establecido en la cláusula N° 2 de la VIII convención que ellos se rigien por el ente rector que es el MPPPE.
12.- se diseñará no modelo de formato (planilla) para que los docentes que  realizaron un solicitud por la Dirección de Educación o Zona Educativa y que no obtienen respuesta o el docente no está de acuerdo con la respuesta y desea sea reconsiderado su caso.
13.- el  profesor Víctor Ramírez nos informó nos informó que a 246 docentes nacionales se les incremento el número de horas,  y que la idea es que todos los docentes tenga la carga de horas completas y nos exhorto a que le presentemos los casos que conozcamos. Así como 387 docentes ingresaron por la Micro Misión Simón Rodríguez.

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