miércoles, 3 de enero de 2018

INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL 15% DE INCREMENTO SALARIAL CONTEMPLADO EN LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE LOS DOCENTES Y EL 40% DECRETADO POR EL PRESIDENTE.

INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL 15% DE INCREMENTO SALARIAL CONTEMPLADO EN LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE LOS DOCENTES Y EL 40% DECRETADO POR EL PRESIDENTE.

Buenas, el equipo del Sindicato SITE filial de FETRASINED, hoy 3 de enero de 2018, ante las múltiples preguntas por parte de los docentes, relacionadas con el último incremento salarial de 15%, contemplado en la convención colectiva de los docentes nacionales y estatales del estado Portuguesa, y el 40% decretado por el presidente a partir del 1 de enero de 2018.

PRIMERO: Es importante saber, que las partes, por un lado la representación sindical y por otra, la representación de la entidad de trabajo, el pasado 8 de febrero de 2017, en la sede del MPPPE, sostuvieron una reunión en la que se firmó un Acta ADDENDUM, la cual tiene como propósito establecer un esquema de aplicación de los aumentos establecidos en la cláusula 62 de la Primera Única y Unitaria Convención colectiva de los Trabajadores del Ministerio de Educación.

SEGUNDO: El principio y propósito de la firma del Acta ADDENDUM, fue evitar se repitiera lo sucedido con el incremento del 17% que nos correspondía a partir del 1 de octubre 2016, el cual NO SE CUMPLIÓ, porque el triste celebre Ministro de Educación de ese momento, Rodulfo Pérez, dijo que el mismo fue subsumido por el incrementó presidencial del 20%.de esa misma fecha.

TERCERO: en el Acta ADDENDUM establece en el literal “d” “15% DE AUMENTO SALARIAL PARA EL 1 DE ENERO DE 2018, SOBRE EL SALARIO BASE DEL TABULADOR VIGENTE AL ÚLTIMO DÍA DE DICIEMBRE 2017”.

Por lo antes planteado y aplicando la lógica y el sentido común se puede inferir.

A.- Que el 15%, nos corresponde a partir del salario que devengábamos a partir del 31 de diciembre de 2017.

B.- Que el 40% nos corresponde a partir del salario que devengamos a partir del 1 de enero 2018, con el 15% incluido.

Ejemplo:
En el caso de los docentes jubilados y/o pensionados, que para ellos no aplica el tabulador.

Si un docente jubilado al 31 de diciembre devengaba un salario de Bs 400.000,00 le debe sumar el 15%, y pasaría a cobrar Bs 460.000,00.

Luego a 460.000,00 le debe sumar el 40% del 1 de enero de 2018, y pasaría a cobrar Bs 644.000,00.

A continuación colocamos a disposición el Acta ADDENDUM del 8 de febrero de 2017.



TLF 04265588020

@Ivanbravoh




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