jueves, 7 de junio de 2018

II CCUUTTMPPE, CLÁUSULA 18. TRASLADOS.


II CCUUTTMPPE, CLÁUSULA 18. TRASLADOS.

Buenos días, el equipo del Sindicato SITE filial de FETRASINED en el estado Portuguesa, hoy jueves 7 de junio de 2018, continuamos con la divulgación de los artículos y cláusulas de las Leyes más importantes o de uso más frecuente por los docentes.

CLÁUSULA 18. TRASLADOS El Ministerio del Poder Popular para la Educación atendiendo a la estabilidad, seguridad laboral y mejoramiento de las condiciones de vida de las trabajadoras y trabajadores establecidas en: la Ley del Estatuto de la Función Pública, la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores y el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, así como a la territorialización de la educación, se obliga en garantizar la tramitación y concesión de traslados al personal administrativo, docente y obrero, en los siguientes casos: 

1. Por adjudicación de vivienda en una localidad distinta y alejada de la dependencia de adscripción. 

2. En caso de afectación por desastres naturales de cualquier tipo. 

3. Situaciones que ameriten y justifiquen la necesaria agrupación del núcleo familiar en una localidad distinta. 

4. Por razones de salud, previa verificación de la situación alegada. 

5. Cambio mutuo de lugar de trabajo acordado entre dos (2) trabajadores o trabajadoras. 

6. Inseguridad o integridad física o psicológica del empleado y/o grupo familiar.  

El traslado será realizado a un cargo de la misma clase, conservando la categoría y dedicación y sin afectación del sueldo básico y los complementos que le puedan corresponder.  

El Ministerio del Poder Popular para la Educación se compromete en la celeridad en cuanto a la tramitación de los traslados arriba señalados, quedando entendido que en los casos de personal docente los traslados no podrán hacerse efectivos en el transcurso del año escolar, a menos que se garantice la continuidad académica de las y los estudiantes.  

PARÁGRAFO PRIMERO: Las trabajadoras y los trabajadores podrán solicitar traslados que permitan aminorar la distancia entre su lugar de residencia y su lugar de trabajo, los cuales estarán supeditados a las necesidades de servicio.  

PARÁGRAFO SEGUNDO: El Ministerio del Poder Popular para la Educación, realizará durante el año operativo previo aviso, para acelerar la revisión y tramitación de los traslados bajo los términos establecidos en la presente cláusula.


Telf. 04265588020


@Ivanbravoh

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