Buenos días, el equipo del Sindicato SITE filial de FETRASINED
en el estado Portuguesa, hoy sábado 9 de junio de 2018, continuamos con la
divulgación de los artículos y cláusulas de las Leyes más importantes o de uso
más frecuente por los docentes.
BENEFICIOS SOCIALES DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO.
Es importante destacar que este es un nuevo beneficio para los
trabajadores.
CLÁUSULA 44. CONTRIBUCION PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES CON
DISCAPACIDAD. El Ministerio del Poder Popular para la Educación conviene, a
partir de la homologación de la presente Convención Colectiva Única y Unitaria,
en pagar mensualmente, una contribución de carácter social, a los trabajadores
activos, fijos o contratados, que presenten una discapacidad debidamente
certificada por CONAPDIS, equivalente al 40% del salario mínimo nacional
vigente. Esta contribución no tiene carácter salarial.
Los Comités
Regionales de Seguimiento al Cumplimiento de la Convención Colectiva Única y
Unitaria sesionarán el primer lunes de cada mes de manera ordinaria, en la sede
de la Zona Educativa regional. Las partes podrán acordar reuniones
extraordinarias en situaciones que ameriten urgencia
En otro orden de idea les recuerda que HOY HACE UN AÑO DE LA
ÚLTIMA REUNIÓN del Comité de Evaluación y Seguimiento de la Convención
Colectiva nacional. La cual se realizó en la casa de la cultura del Municipio
Ospino.
El pasado martes 5 de junio, nuestra organización sindical
consigno un escrito en la Zona Educativa, exhortando al Ciudadano Profesor Víctor
Ramírez que convoque a esta instancia que tiene como único propósito; velar corresponsablemente
por el cumplimiento de los acuerdos establecidos y servir como instancia de
diálogo para mantener la paz laboral y el clima de entendimiento, así como la
prevención o solución de conflictos que pudieran surgir de la administración de
la presente Convención Colectiva.
Telf. 04265588020
@Ivanbravoh
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